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Alianza Coop. Internacional
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Alianza Cooperativa Internacional
La Alianza Cooperativa Internacional ha sido, desde su creación en 1895, la autoridad definitiva en la definición de cooperativas y en la elaboración de los principios sobre los que se deberían basar las cooperativas.
En dos ocasiones, Congreso de París de 1937 y Viena en 1966, la ACI ya se había enfrentado con la necesidad de revisar la esencia de la Cooperación a través del estudio de los Principios o reglas emanadas del siglo XIX, de la primera Cooperativa de Consumo de Rochdale, que se integraron en sus Estatutos de 1844 y en los reformados de 1854.
Pero a partir de 1966 son muchas las cosas que cambian en nuestro entorno, y si bien el Cooperativismo ha ido en constante crecimiento en todas las partes del mundo, se precisaba un análisis profundo de los fenómenos tanto internos como externos -sobre todo estos últimos- que le estaban afectando, y que podrían cambiar sustancialmente sus dirección y sus propios contenidos ideológicos.
La Alianza Cooperativa Internacional, en su Congreso de Manchester en septiembre de 1995, adopta una Declaración sobre la Identidad Cooperativa y lleva a cabo la reformulación de los principios que habrán de tener vigencia universal para definir qué es y qué no es una Sociedad Cooperativa. La Declaración incluye una definición de cooperativas, una lista de valores clave del movimiento, y un conjunto revisado de principios que pretende guiar las organizaciones cooperativas a comienzos del siglo XXI.
DEFINICIÓN
Una cooperativa es una asociación autónoma de personas que se han unido de forma voluntaria para satisfacer sus necesidades y aspiraciones económicas, sociales y culturales en común mediante una empresa de propiedad conjunta y de gestión democrática.
VALORES
Las cooperativas están basadas en los valores de la autoayuda, la autorresponsabilidad, la democracia, la igualdad, la equidad y la solidaridad. Siguiendo la tradición de sus fundadores, los socios cooperativos hacen suyos los valores éticos de la honestidad, la transparencia, la responsabilidad y la vocación sociales.
PRINCIPIOS
Los principios cooperativos son pautas mediante las cuales las cooperativas ponen en práctica sus valores.
PRIMER PRINCIPIO: ADHESIÓN VOLUNTARIA Y ABIERTA
Las cooperativas son organizaciones voluntarias, abiertas a todas las personas capaces de utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades de ser socio, sin discriminación de sexo, social, racial, política o religiosa.
SEGUNDO PRINCIPIO: GESTIÓN DEMOCRÁTICA POR PARTE DE LOS SOCIOS
Las cooperativas son organizaciones gestionadas democráticamente por los socios, los cuales participan activamente en la fijación de sus políticas y en la toma de decisiones. Los hombres y mujeres elegidos para representar y gestionar las cooperativas son responsables ante los socios. En las cooperativas de primer grado, los socios tienen iguales derechos de voto (un socio, un voto), y las cooperativas de otros grados están también organizadas de forma democrática.
TERCER PRINCIPIO: PARTICIPACIÓN ECONÓMICA DE LOS SOCIOS
Los socios contribuyen equitativamente al capital de sus cooperativas y lo gestionan de forma democrática. Por lo menos parte de ese capital es normalmente propiedad común de la cooperativa. Usualmente, los socios reciben una compensación si la hay, limitada sobre el capital entregado como condición para ser socio. Los socios asignan los excedentes a todos o algunos de los siguientes fines: el desarrollo de su cooperativa, posiblemente mediante el establecimiento de reservas, parte de las cuales por lo menos serían irrepartibles; el beneficio de los socios en proporción a sus operaciones con la cooperativa; y el apoyo de otras actividades aprobadas por los socios.
CUARTO PRINCIPIO: AUTONOMÍA E INDEPENDENCIA
Las cooperativas son organizaciones autónomas de autoayuda, gestionadas por sus socios. Si firman acuerdos con otras organizaciones, incluidos los gobiernos, o si consiguen capital de fuentes externas, lo hacen en términos que aseguren el control democrático por parte de sus socios y mantengan su autonomía cooperativa.
QUINTO PRINCIPIO: EDUCACIÓN, FORMACIÓN E INFORMACIÓN
Las cooperativas proporcionan educación y formación a los socios, a los representantes elegidos, a los directivos y a los empleados para que puedan contribuir de forma eficaz al desarrollo de sus cooperativas. Informan al gran público, especialmente a los jóvenes y a los líderes de opinión, de la naturalez y beneficios de la cooperación.
SEXTO PRINCIPIO: COOPERACIÓN ENTRE COOPERATIVAS
Las cooperativas sirven a sus socios lo más eficazmente posible y fortalecen el movimiento cooperativo trabajando conjuntamente mediante estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales.
SÉPTIMO PRINCIPIO: INTERÉS POR LA COMUNIDAD
Las cooperativas trabajan para conseguir el desarrollo sostenible de sus comunidades mediante políticas aprobadas por sus socios.
Debemos ser conscientes que estos principios no son algo rígido e inmutable, sino que, como técnicas que son, consienten una acomodación a las circunstancias políticas, económicas y sociales del medio en que ha de desarrollarse la cooperativa.
Es imprescindible divulgar y debatir estos principios y valores para que se produzca una verdadera reflexión sobre las línea ideológicas claves sobre las que se construya el futuro del cooperativismo. Si no logramos que el socio asuma los valores cooperativos y que se quede en detentador de unos beneficios económicos elementales que le satisfacen una mera necesidad inmediata, no conseguiremos que se cumpla el mensaje cooperativo, probablemente uno de los pocos que puede dar respuesta a la crisis de valores que padece la sociedad actual.
Conseguir una amplia difusión de la propuesta cooperativa, permitirá el reconocimiento de una alternativa económica viable y con futuro que es necesario potenciar.